martes, mayo 05, 2020

DEFAULT



Desde el punto de vista de la economía internacional, el término "default" es utilizado para hacer referencia al impago de la deuda soberana (sovereign default), es decir, cuando un gobierno adopta la decisión de no pagar su deuda externa. Entre 1500 y 1900 España no cumplió con sus obligaciones de deuda en un total de 13 veces.
La suspensión del pago de la deuda exterior soberana trae pareja una serie de efectos que un gobierno debe sopesar ante la transcendental decisión de continuar con el pago de la deuda o  suspenderlo, ya que implica:
  • Embargo de activos
  • Exclusión de préstamos futuros
  • El país puede ver reducidas las ganancias del comercio internacional si pierde acceso a la financiación exterior o si se imponen barreras al comercio por parte de los países acreedores.
Todo esto viene a cuento a raíz de un comentario que hacíamos en facebook, hace aproximadamente un mes, al hilo de algunas medidas anunciadas por el Gobierno, que decía: “Y QUIEN PAGA LA FIESTA”, que fue contestado de mala manera por algunos “economistas”, fieles seguidores de las tesis del Gobierno.
-¡ Austericidas! 
-¿Déficit? el que haga falta
-¿Deuda?, no importa, se emite perpetua y deja de contar.
-¡Ah que hablar ahora de déficit y de deuda!
Como dice, con gran acierto, Fernando González Urbaneja en su blog “La Bolsa o la Vida”: “Me recuerda a mis nietos que fascinados por los cajeros que dan dinero desde la pared no se explican que no les compren todos los juguetes que les fascinan, ¿será por dinero?”
Con toda seguridad entre los economistas de cabecera del Gobierno continuaran algunos del equipo de Zapatero (los que negaban la crisis), que temblando y bajo una mesa en los sótanos de La Moncloa, reformaron el artículo 135 de la Constitución Española, el 27 de septiembre de 2011, anteponiendo los derechos del capital internacional a los derechos básicos de los españoles (salud, educación, vivienda, supervivencia, etc.). Conozco a pocos socialistas que quieran acordarse de esto, madre de todos los recortes.
Párrafo 3 del Artículo 135 de la Constitución Española
3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.
Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea .
Nadie parece en el Gobierno que quiera acordarse de este artículo a la hora de las soflamas sobre sus planes de negociación en la UE.  Bien es verdad, que ante la que tenemos encima, buena parte de los economistas sostienen que hay que actuar con rapidez y contundencia y no aplicar la táctica de “alargar y aparentar” como en el periodo 2008-2011, y que los intereses de la deuda van a seguir siendo muy bajos en los próximos años, lo que puede hacer que durante algún tiempo el mayor endeudamiento nos salga prácticamente de balde.
Es evidente que de lo que hay que ocuparse prioritariamente es de evitar el desplome del sistema productivo y también es cierto que la economía española encara esta recesión-depresión con algunas ventajas pero con unos cuantos riesgos, entre los que está el no tener en cuenta la deriva déficit-deuda-default. Pero sostener:
 -Ahora no es el momento para preocuparse de la deuda.
Es una insensatez,  España necesita en estos momentos del amparo y la confianza del capital extranjero para cubrir  nuestras necesidades  de recursos financieros y esto pasa por  la confianza de los agentes económicos internacionales, de modo especial los comunitarios.
Si el nivel de endeudamiento  público sobrepasara el 120% del PIB nuestra posición sería de exagerada endeblez. En este sentido, escuchar  llamamientos al aumento de la deuda, no estimula la confianza de los inversores internacionales, salvo que se pretenda arbitrar nuevos recortes sociales como los de hace unos  pocos años,  para salir del bache en el que estábamos metidos y que se están empezando a insinuar.
Asumir la urgencia y la contundencia en la respuesta, no es cuestionable, como tampoco lo es que la economía española necesita credibilidad y de la confianza del sector público y el privado. Y sí, la capacidad de déficit tiene límite, la de gasto también por tanto ocurrencias, pocas y cuantificadas.


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